Las actividades que se celebren en la vía pública deberán celebrarse en espacios de fácil control de público tales como plazas.
Las actividades que vayan a llevarse a cabo en los citados espacios serán de pequeño formato y su disfrute sentados.
No se hacen actividades en interior (Casa de Cultura, Frontón o similar)
El condicionante para poder realizar actividades culturales será el siguiente:
- Aforo: 50% del permitido habitualmente
- Mascarilla en todo momento y distancia de 1,5 mts. entre personas Gel hidroalcohólico en acceso/salida
- Imposibilidad de ingesta de bebidas y alimentos
- Finalización máxima de la actividad: 22.00 horas
- Las actividades musico-vocales que se ofrezcan, ya sean realizadas por personas o grupos profesionales o amateurs, deberán cumplir estrictamente el protocolo establecido para los grupos profesionales
Durante los espectáculos, talleres y juegos, no podrán consumirse comidas ni bebidas.
Las actividades que se celebren en ningún caso se calificarán como “Fiestas del Barrio”
La publicidad de las actividades que vayan a llevarse a cabo será la mínima indispensable para su conocimiento por la vecindad del propio barrio, evitando el efecto llamada